La responsabilidad civil de un abogado existe cuando, por acción u omisión negligente en el ejercicio de su profesión, causa un daño patrimonial o moral a su cliente, y ese daño puede reclamarse mediante una acción de responsabilidad civil profesional. En España esta responsabilidad se rige principalmente por el artículo 1101 del Código Civil, que obliga a indemnizar a quien incumple sus obligaciones por negligencia, y por el artículo 1902, que regula la responsabilidad extracontractual. Si has sufrido un perjuicio por la mala praxis de tu abogado en Barcelona, puedes exigir una indemnización siempre que acredites el error, el daño y la relación entre ambos.
¿Cuándo incurre un abogado en responsabilidad civil?
Un abogado responde civilmente cuando su actuación se aparta de la diligencia exigible a un profesional del derecho conforme al artículo 1104 del Código Civil, que define la culpa como la omisión de la diligencia que exige la naturaleza de la obligación. No basta con perder un pleito: la responsabilidad surge cuando existe negligencia, imprudencia o incumplimiento de los deberes profesionales, no por el simple resultado desfavorable del procedimiento.
Supuestos más habituales de negligencia profesional
- Dejar prescribir o caducar una acción por no presentar la demanda en plazo.
- No recurrir una resolución judicial dentro del plazo procesal correspondiente.
- Errores graves en el planteamiento jurídico de la demanda o en la aportación de pruebas esenciales.
- Falta de información al cliente sobre riesgos relevantes del procedimiento.
- Incumplimiento del deber de secreto profesional regulado en el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 135/2021.
¿Qué tipo de responsabilidad civil tiene un abogado: contractual o extracontractual?
Generalmente la responsabilidad del abogado frente a su cliente es de naturaleza contractual, derivada del contrato de arrendamiento de servicios o del encargo profesional, conforme a los artículos 1101 y siguientes del Código Civil. Cuando el perjudicado no es el propio cliente sino un tercero, puede aplicarse la vía extracontractual del artículo 1902. Esta distinción es relevante porque afecta al plazo de prescripción de la acción.
Plazo de prescripción para reclamar
El plazo general para reclamar por responsabilidad contractual es de cinco años conforme al artículo 1964.2 del Código Civil, tras la reforma operada por la Ley 42/2015. Para la responsabilidad extracontractual, el artículo 1968.2 del Código Civil establece un plazo de un año desde que se tuvo conocimiento del daño. Dado que la calificación jurídica del caso puede variar, conviene verificar con un abogado especializado cuál es el plazo aplicable a tu situación concreta antes de que transcurra.
¿Qué requisitos deben probarse para reclamar a un abogado?
La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige acreditar tres elementos para que prospere una reclamación por responsabilidad civil profesional: la existencia de una conducta negligente del abogado, un daño real y cuantificable, y una relación de causalidad directa entre ambos. Es especialmente relevante demostrar que, de no haberse producido el error, el resultado del procedimiento habría sido probablemente distinto o más favorable para el cliente. Esta es la llamada